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R.523.85.1

Los titulares o representantes de las plataformas electrónicas deberán remitir a la Intendencia de Montevideo a través del canal actual de comunicación, entre el primer y el décimo día de cada mes los siguientes datos, correspondientes al mes anterior:

a) matrículas de todos los vehículos que operan mediante el uso de plataformas de intermediación de transporte oneroso de pasajeros (formato: letras espacio números),

b) todos los conductores afectados a este servicio (cédula de identidad, formato: números incluido dígito, sin signos),

c) fecha de todos los viajes realizados por estos (formato: día, mes y año DD/MM/AAAA),

d) hora de inicio de cada viaje (formato 24 horas: HH:MM), y

e) kilómetros recorridos en cada viaje en Montevideo con pasajero.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
523.85.1
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. V, Libro V, Parte R, Título II, Cap. VIII, Secc. I, Art. 523.85.1
Fuentes
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0005.0000.0000.0000.0000.D.0005.0000.0000.0000.0000.B.0002.0000.0000.0000.0000.E.0002.0000.0000.0000.0000.F.0008.0000.0000.0000.0000.G.0001.0000.0000.0000.0000.R.0523.0085.0001.0000.0000