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R.82

Resoluciones que imponen sanciones y multas.
En las resoluciones que impongan sanciones o multas se deberán incluir los siguientes datos:
a) en el caso de personas físicas se indicarán los nombres y apellidos del/de la infractor/a, el número de su cédula de identidad y su domicilio;
b) en el caso de personas jurídicas se indicará su denominación social, su naturaleza jurídica y su domicilio, así como su número de Registro Único Tributario (RUT) si correspondiere.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
82
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. IIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Libro IIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Parte RVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título IVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. IVVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Secc. II, Art. 82
Fuentes
Fuente: 
num. 5
Observaciones: 
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
R.113.7
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
R.108.1
Administrativo
Órden: 
A.0002.0000.0000.0000.0000.D.0002.0000.0000.0000.0000.B.0002.0000.0000.0000.0000.E.0001.0000.0000.0000.0000.F.0004.0000.0000.0000.0000.G.0002.0000.0000.0000.0000.R.0082.0000.0000.0000.0000
Id: 
II-R.82