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Se duplica el incentivo fiscal a aquellas empresas que generen puestos de trabajo a partir de la vigencia del Dto. JDM Nº 37.757 y por el plazo de un año.

    Se amplía nota en el TOTID, comprendida en la primera parte de los tributos Impuesto a la Contribución Inmobiliaria, Adicional Mercantil, Tasa por Concepto del Servicio de Contralor Bromatológico y Tarifa de Saneamiento atendiendo a que por Dto. JDM Nº 37.880 de 10/11/2021 se faculta a la Intendencia de Montevideo a duplicar el porcentaje dispuesto en el numeral 1º del artículo 3º del Decreto Nº 37.757 por los meses de octubre, noviembre y diciembre 2021.-