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Se incorporó el art. D. 83.7 al Digesto Departamental, referente al requisito para el ingreso de los escalafones.

Por Decreto Nº 36.852 con fecha 25 de octubre de 2018, promulgado por Res.IM Nº 6054/18 de fecha 24 de diciembre de 2018, donde se faculta a la Intendencia a modificar la Carrera perteneciente al Escalafón Obrero, en lo relativo a la certificación de conocimientos y habilidades.