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Por Res. IM 3551/21 se mantiene para el periodo del año 2021 la reglamentación dispuesta por Res. IM 2870/19 al artículo D.98.1 del Volumen III del Digesto, relativo a la modificación de la Carrera de los/as funcionarios/as pertenecientes a los Subescalafones O1 - Auxiliar, O2 - Oficial Práctico y O3 - Oficial del Escalafón Obrero, previo cumplimiento de los requisitos definidos para cada carrera y subescalafón.-