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Sustitución normativa respecto a ingresos a los cargos de Dirección, Carreras Director 1 (D1), Director 2 (D2) y Director 3 (D3)

Por Dto. JDM Nº 38.156 de 29/12/22 (art. 38) se sustituye el artículo D.84.4 del Volumen III del Digesto Departamental estableciendo que los ingresos a los cargos de Dirección, Carreras Director 1 (D1), Director 2 (D2) y Director 3 (D3), se proveerán por llamado interno mediante la modalidad del concurso de oposición y méritos, entre aquellos funcionarios que revistan en cualquier puesto de Jefatura, en cualquiera de sus 2 (dos) Niveles y que posean una antigüedad mínima de dos años dentro del Sub-Escalafón de Jefatura; así como aquellos funcionarios que revistan en el Escalafón Administrativo-Subescalafón Administrativo A3, siempre que la carrera en la que revistan se ajuste al perfil del cargo que se concurse, en el Sub-Escalafón Especialista Profesional Técnico (E2) siempre que la carrera en la que revistan se ajuste al perfil del cargo que se concurse, en el Sub-Escalafón Especialista Profesional
Superior (E3) y en el Sub-Escalafón Cultural y Educativo (CE1) en sus Niveles de Carrera I, II o III siempre que la carrera en la que revistan se ajuste al perfil del cargo que se concurse y en el Escalafón Profesional y Científico a partir del Nivel III de Carrera.-