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Sustitución normativa sobre ingresos a los cargos de las Carreras Jefe 1 (J1), Jefe 2 (J2) y Jefe 3 (J3) de Jefatura del Escalafón Especialista Profesional

Por Dto. JDM Nº 38.156 de 29/12/22 (art. 37) se sustituye el artículo D.84.3 del Volumen III del Digesto Departamental estableciendo que los ingresos a los cargos de las Carreras Jefe 1 (J1), Jefe 2 (J2) y Jefe 3 (J3) de Jefatura del Escalafón Especialista Profesional, se proveerán mediante concurso interno de oposición y méritos, entre aquellos funcionarios que revistan en el Escalafón Especialista Profesional, en sus Niveles de Carrera I, II o III; Subescalafones Oficial (03), Oficial Especializado (03-1) y Técnico (04) del Escalafón Obrero, en sus Niveles de Carrera I, II o III; Escalafón Administrativo, Niveles de Carrera I, II o III. Los funcionarios habilitados que no pertenezcan al Escalafón Especialista Profesional deben pertenecer a carreras que se ajusten al perfil del cargo que se concursa, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente Volumen.-