Back to top

Sustitución normativa sobre la renuncia al cargo

Por Dto. JDM Nº 38.156 de 29/12/22 (art. 49) se sustituye el artículo D.161 del Volumen III del Digesto Departamental sobre la renuncia al cargo, indicando que la resolución deberá dictarse dentro del plazo de 30 (treinta) días de presentada la renuncia, estableciendo en el literal a)salvo que el/la funcionario/a se encuentre sometido/a a sumario o a un procedimiento disciplinario tramitado en la Unidad de Instrucción Especializada, en cuyo caso el término se computará a partir de la fecha en que finalice dicho procedimiento.