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Sustitución de normativa.

Por el artículo 1º del Decreto JDM Nº 35.777 de 8 de diciembre de 2015, se sustituyó expresamente al artículo D.579 de la Sección II "De las placas de matrícula", Capítulo II "De los vehículos", Título II “De la fiscalización administrativa sobre conductores y vehículos”, Parte Legislativa del Libro IV "Del tránsito público", del Volumen V “Tránsito y Transporte” del Digesto Departamental, referido a qué clase de conductores pueden guiar vehículos provistos con placas de prueba.

Ver artículo D.579 del Volumen V del Digesto Departamental.