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Sustitución de normativa.

Por Resolución Nro. 4855/14 de 03/11/2014, num. 1 se incorpora el literal c) al Articulo R.424.36.1 del Capítulo V “De las categorías de licencias que habilitan a conducir otros vehículos”, del Volumen V “Tránsito y Transporte” en lo que refiere al elenco de licencias nacionales que habilitan a conducir vehículos afectados al servicio de ambulancia.

Ver artículo R.424.36.1 del Volumen V del Digesto Departamental.