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Tasa Turística por concepto de alojamiento turístico en establecimientos hoteleros e inmuebles de uso turístico en el departamento de Montevideo

Por Dto de la Junta Departamental de Montevideo Nº 38.989 de fecha 30 de diciembre de 2024, se sustituyeron los artículos 15.1 a 15.7 del Decreto No 36.852 aprobado por la Junta Departamental con fecha 25 de octubre de 2018 y promulgado por Resolución No6054/18 de 24 de diciembre de 2018, los que se encuentran incorporados en los artículos 624.9 al 624.16 del TOTID, referente a la Tasa Turística por concepto de alojamiento turístico en establecimientos hoteleros e inmuebles de uso turístico en el departamento de Montevideo de acuerdo al Registro de Prestadores de Servicios Turísticos del Ministerio de Turismo y aquellos que se incorporen a posterior de la entrada en vigencia del presente Decreto.