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Por Dto de la Junta Departamental de Montevideo Nº 38.989 de fecha 30 de diciembre de 2024, se sustituyeron los artículos 15.1 a 15.7 del Decreto No 36.852 aprobado por la Junta Departamental con fecha 25 de octubre de 2018 y promulgado por Resolución No6054/18 de 24 de diciembre de 2018, los que se encuentran incorporados en los artículos 624.9 al 624.16 del TOTID, referente a la Tasa Turística por concepto de alojamiento turístico en establecimientos hoteleros e inmuebles de uso turístico en el departamento de Montevideo de acuerdo al Registro de Prestadores de Servicios Turísticos del Ministerio de Turismo y aquellos que se incorporen a posterior de la entrada en vigencia del presente Decreto.