Back to top

D.2853

En los locales de bailes es obligatoria la colocación, en lugares fácilmente visibles al público, de la lista de precio de las bebidas y comestibles que se expendan.

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
2853
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. XIIIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Parte LVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título Único, Cap. IV, Art. 2853
Notas: 

Las infracciones serán sancionadas conforme a lo dispuesto en el numeral 3 del literal D) del artículo 8.º (Locales de Espectáculos Públicos), Sección VII del Régimen Punitivo Departamental (Decreto N.º 21.626).

Fuentes
Fuente: 
art. 86
Administrativo
Órden: 
A.0013.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.E.0001.0000.0000.0000.0000.F.0004.0000.0000.0000.0000.D.2853.0000.0000.0000.0000
Id: 
XIII-D.2853