Back to top

R.1531

Visibilidad. Desde cada una de las localidades con asiento o de pie deberá verse toda el área destinada a la exhibición del espectáculo. En los sectores de localidades con asiento no será permitida la presencia de espectadores de pie.
A tales efectos, y en los espectáculos deportivos realizados en las instalaciones del Estadio Centenario, se entiende que no existe visibilidad incompleta cuando el total de espectadores no supere el total de 46.500.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
1531
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. XIIIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Parte R, Título Único, Cap. IV, Secc. II, Art. 1531
Fuentes
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
art.10 de la reglamentación
Administrativo
Órden: 
A.0013.0000.0000.0000.0000.B.0002.0000.0000.0000.0000.E.0001.0000.0000.0000.0000.F.0004.0000.0000.0000.0000.G.0002.0000.0000.0000.0000.R.1531.0000.0000.0000.0000
Id: 
XIII-R.1531