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R.1582.8

Las festividades podrán coordinarse con las distintas fuerzas vivas vinculadas con el Carnaval, como la Entidad que represente a los Directores de Agrupaciones, Comisiones Vecinales, instituciones sociales y/o deportivas, comercios, teatros, Organizaciones Estables o circunstanciales de Carnaval y otros núcleos cuya opinión y actividad interesan para la promoción y funcionamiento de las fiestas de Carnaval.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
1582.8
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. XIIIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Parte RVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título ÚnicoVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. VIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Secc. I, Art. 1582.8
Fuentes
Fuente: 
num. 2
Observaciones: 
art. 8 de la reglamentación
Fuente: 
num. 8
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0013.0000.0000.0000.0000.B.0002.0000.0000.0000.0000.E.0001.0000.0000.0000.0000.F.0006.0000.0000.0000.0000.G.0001.0000.0000.0000.0000.R.1582.0008.0000.0000.0000
Id: 
XIII-R.1582.8