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R.1152.178

La Caja Central integrará su capital con dinero, "fichas de canje" y "fichas especiales de canje". Las Cajas de Conversión al público integrarán su capital exclusivamente con dinero. Durante el transcurso de la partida se hará efectivo el cambio de fichas que las cajas de conversión al público remitan a la Caja Central contra entrega de dinero.
Las "fichas especiales de canje" no podrán jugarse ni cambiarse por dinero.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
1152.178
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. IXVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Parte RVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título IVVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. I, Art. 1152.178
Fuentes
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Fuente: 
num. 1 art. 7
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0009.0000.0000.0000.0000.B.0002.0000.0000.0000.0000.E.0004.0000.0000.0000.0000.F.0001.0000.0000.0000.0000.R.1152.0178.0000.0000.0000
Id: 
IX-R.1152.178