OPERACIONES DE APERTURA.
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9.1 Al procederse a la apertura de las mesas de juego, los funcionarios actuantes deberán cumplir con los requisitos establecidos en los formularios C-H1, C-H2, C-H3 y C-H4.
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9.2 Previo a comenzar la sesión, los funcionarios Jefe de Sector Fiscalización y Vigilancia asignado al efecto, y el Cajero actuante, solicitarán las dos llaves de los cofres de las Cajas de Conversión en la Secretaría de Casinos y procederán a realizar un nuevo arqueo, dejándose constancia en el formulario C-H5.