Publicidad de los planes. La publicidad del Plan de Ordenamiento Territorial, Normas Complementarias, Programas de Actuación Urbanística, Planes Especiales, Zonales, Sectoriales, Proyectos de Detalle, Normas, Ordenanzas e Inventarios de Bienes Protegidos, se referirá a la totalidad de los documentos que los constituyan.
La consulta de los documentos constitutivos de los instrumentos de planeamiento estará en todo momento a disposición de los interesados. A tal efecto, la Intendencia deberá disponer de un ejemplar completo en soporte papel o digital de cada uno de los instrumentos de planeamiento destinado exclusivamente a su consulta en la Junta Departamental, Intendencia, Juntas Locales, Congreso Nacional de Intendentes y en la Dirección Nacional de Ordenamiento Territorial del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.
Back to top