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D.223.216

Lezica - Colón - Pueblo Ferrocarril. Si bien parte de esta área caracterizada se encuentra dentro del Régimen Patrimonial, hasta tanto no entre en funciones la Comisión Especial Permanente de Villa Colón (Lezica) - Colón - Pueblo Ferrocarril, respecto a alturas, retiros y F.O.S. rige lo establecido en los planos correspondientes para el área caracterizada en su totalidad.
Retiro frontal. Para la avenida General Eugenio Garzón rige 4 metros de retiro frontal, excepto para el tramo comprendido entre la calle Carve y el camino Durán, para el cual no rige afectación de retiro frontal. Para el tramo comprendido entre camino Durán y el arroyo Las Piedras rige 7 metros de retiro frontal.
Uso del suelo. Uso preferente es el residencial, con los servicios y equipamientos complementarios.
1) Se excluyen las actividades que presentan riesgos de peligrosidad, insalubridad y/o contaminación.
2) Se excluyen las actividades que provoquen:

  • molestias generadas por efluentes;
     
  • baja dinámica de intercambio en el entorno, que originen vacíos urbanos significativos;
     
  • repercusiones negativas en la calidad del espacio circundante.
    Dichos conceptos serán reglamentados, estableciéndose los parámetros y criterios que los concreten con la mayor precisión posible;
     
  • afectaciones al sistema vehicular y al tránsito en general;
     
  • invasión del espacio público.

Para los predios pertenecientes a esta Área Caracterizada se estará a lo dispuesto en el Plan Especial de Ordenación, Protección y Mejora de Lezica - Colón - Pueblo Ferrocarril.

Al padrón Nº 409.315, identificado en el Plano de Mensura y Fraccionamiento del Ing. Agrim. Pablo Morales del Servicio de Tierras y Viviendas de junio de 2013 como lotes 1 al 5 en expediente  Nº 4149-004155-11, le rigen los siguientes parámetros:
- F.O.S. 30%
- altura de la edificación 12 metros
- retiro frontal 4 metros
- no se exigen retiros laterales ni posteriores.

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
223.216
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. IV, Libro II, Parte L, Apar. II, Título IV, Cap. IV, Secc. IV, Art. 223.216
Fuentes
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
art. D.216
Fuente: 
art. 1
Fuente: 
art. 11
Fuente: 
art. 3
Observaciones: 
art. D.216
Administrativo
Órden: 
A.0004.0000.0000.0000.0000.D.0002.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.C.0002.0000.0000.0000.0000.E.0004.0000.0000.0000.0000.F.0004.0000.0000.0000.0000.G.0004.0000.0000.0000.0000.D.0223.0216.0000.0000.0000
Id: 
IV-D.216