Condiciones de instalación. Se admitirá la colocación de carteles tipo bandera siempre que ese ajusten a las siguientes condiciones:
a) plano límite inferior: 2,60 metros;
b) plano límite de salientes: igual al ancho de acera menos 0,6 metros no pudiendo superar 1 metro de saliente; c) altura máxima de la bandera: 1,50 metros;
d) cuando se instalen en un mástil, éste no podrá tener un saliente mayor a los 0,15 metros medido a los 2 metros del nivel de la acera en ese punto a efectos de no interferir el tránsito peatonal.
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