Cuando sea urgente la necesidad de utilizar un sepulcro o nicho, el Servicio Fúnebre y de Necrópolis, podrá autorizar las reducciones necesarias, siempre que previamente se constate que ello no dará lugar a que se mezclen los demás restos.
Cuando sea urgente la necesidad de utilizar un sepulcro o nicho, el Servicio Fúnebre y de Necrópolis, podrá autorizar las reducciones necesarias, siempre que previamente se constate que ello no dará lugar a que se mezclen los demás restos.
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