Los certificados expedidos de conformidad, sólo confieren a sus titulares el derecho de uso de la respectiva sepultura, lo cual se entenderá sin perjuicio de la facultad de los herederos o causahabientes del titular original de obtener un nuevo título, justificando, con la presentación de los certificados de resultancias de autos correspondientes, las sucesivas trasmisiones sucesorias.