En caso de identificarse al propietario del objeto incautado, y de ser ubicado el mismo de inmediato, podrá devolvérsele el mismo día previa justificación de ser su propietario, identificación en forma, y su firma. Una vez vencido el horario hábil de ese día, los objetos serán trasladados al Depósito, y para proceder a su retiro el interesado deberá presentar escrito en que así lo solicite, debiendo resolver al respecto el Director del Servicio.