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R.1435

La Intendencia concederá autorización para trabajar como cuidadores y limpiadores en los cementerios, a quienes solicitándolo por escrito se inscriban en el registro que al efecto se llevará en el Servicio Fúnebre y de Necrópolis.

Los aspirantes deberán llenar las siguientes condiciones:

a) tener 18 años cumplidos

b) saber leer y escribir

c) presentar carné de identidad policial o credencial cívica;

d) presentar anualmente a la Oficina de la respectiva necrópolis un certificado de buena conducta expedido por la Policía.

No se permitirá ejercer funciones de limpiador o cuidador a ningún ex funcionario en el mismo cementerio en que haya prestado servicios.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
1435
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. XIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Libro XIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título X, Art. 1435
Fuentes
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Fuente: 
num. 3
Observaciones: 
Fuente: 
Observaciones: 
Fuente: 
num. 3
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0011.0000.0000.0000.0000.D.0011.0000.0000.0000.0000.E.0010.0000.0000.0000.0000.R.1435.0000.0000.0000.0000
Id: 
XI-R.1435