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R.403

Sólo en casos debidamente fundados, la Dirección deberá acompañar a la resolucón de separación de funciones por acaecimiento de los supuestos del artículo R.401, la decisión de elevar al Departamento de Hacienda, con la recomendación de sumario, y eventualmente, la de denunciar el hecho a las autoridades judiciales o policiales.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
403
Estado
Estado: 
Dejado sin efecto
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. IIIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Libro IIIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Parte IVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título Único, Cap. XVII, Art. 403
Fuentes
Fuente: 
art. 7
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
art. 24º de la reglamentación inc. 2º).
Administrativo
Órden: 
A.0003.0000.0000.0000.0000.D.0003.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.E.EEEE.0000.0000.0000.0000.F.0017.0000.0000.0000.0000.R.0403.0000.0000.0000.0000
Id: 
III-R.403