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R.250

A los efectos de las promociones a que refiere este capítulo, de todos los escalafones y subescalafones con excepción de los funcionarios que ocupen puestos de Dirección Superior sujetos a evaluación de gestión y los de naturaleza Gerencial, se constituirá al menos un Tribunal de Promociones que estará integrado por dos miembros titulares y dos suplentes, designados por la Administración, y un miembro titular y dos suplentes en representación de ADEOM. La Administración podrá, a su juicio, conformar más Tribunales en función de las especificidades que entienda pertinentes y podrá designar referentes para consultas a nivel jurídico e informático.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
250
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. IIIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Libro IIIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Parte IVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título ÚnicoVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. IV.I.II, Secc. Unica, Art. 250
Fuentes
Fuente: 
num. 2
Observaciones: 
Fuente: 
num. 2
Observaciones: 
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0003.0000.0000.0000.0000.D.0003.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.E.EEEE.0000.0000.0000.0000.F.0004.0001.0002.0000.0000.G.EEEE.0000.0000.0000.0000.R.0250.0000.0000.0000.0000
Id: 
III-R.250