Cuando la Dirección deba adjudicar un radio de cobranza, procederá en la siguiente forma:
a) El último día hábil del mes practicará un llamado a los cobradores interesados, fijándose aviso por cinco días hábiles en la cartelera especial de esos funcionarios;
b) En el lapso en que el aviso esté de manifiesto, s recibirán las aspiraciones de los cobradores que se postulen para el o los radios en cuestión, formuladas por escrito.
Vencido dicho lapso no podrá renunciarse a la aspiración a la cual el cobrador haya optado;
c) El radio será adjudicado al cobrador que tenga el mayor puntaje al momento del llamado y tuviese más de dos años de desempeño en el radio anterior. Solo en el caso de ausencia de postulantes o en el que ningnuo registre dos años de antigüedad en su radio podrá asignarse la vacante, sin éste requisito, a quien haya cambiado menos veces de radio en los dos últimos años y en caso de igualdad al de mayor antigüedad en el úlimo radio. En ningún caso podrá postularse un cobrador con desempeño inferior a siete meses en su radio actual;
d) El puntaje que se atribuye a cada cobrador postulante, estará formulado con 1 (un) punto por mes de antigüedad como cobrador; 2 (dos) puntos por mes en el radio anterior; y 3 (tres) puntos por mes en el radio que desempeña al momento de la postulación;
e) En caso de igualdad en el puntaje de dos o más cobradores será preferido aquel de mayor antigüedad como cobrador; si persistiera la igualdad, decidirá la elección la mayor antigüedad en el Municipio;
f) El cobrador que sea titular en un radio, aún en el caso de que no tenga los dos años de antigüedad en el radio actual, será preferido respecto a los cobradores suplentes.
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