En el caso de incautación de mercadería en infracción, previo pago de la sanción, el infractor dispondrá de hasta 30 días para el retiro de la misma, y en el caso de que fuera mercadería perecedera el plazo para su retiro es hasta 48 horas.
En el caso de incautación de mercadería en infracción, previo pago de la sanción, el infractor dispondrá de hasta 30 días para el retiro de la misma, y en el caso de que fuera mercadería perecedera el plazo para su retiro es hasta 48 horas.
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