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R.1171.57

Carácter del Permiso. El permiso es personal, precario y revocable y sólo podrá ser transferido a las personas que se detallan en los siguientes casos: 
a) al cónyuge o concubino estable, padres, hijos o hermanos.
b) en el caso de fallecimiento, ausencia o interdicción por incapacidad del titular del puesto, las personas mencionadas en el inciso anterior podrán presentarse ante la Intendencia de Montevideo, dentro del plazo de 15 (quince) días hábiles de sucedido el hecho, para proseguir la explotación del puesto. Cuando haya más de un sucesor deberán designar entre todos a uno de ellos para quede al frente del puesto.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
1171.57
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. XVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Libro XVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Parte RVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título I, Cap. V, Grupo IV, Art. 1171.57
Fuentes
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Art. 11 de la Reglamentación
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Art. 11 de la Reglamentación
Administrativo
Órden: 
A.0010.0000.0000.0000.0000.D.0010.0000.0000.0000.0000.B.0002.0000.0000.0000.0000.E.0001.0000.0000.0000.0000.F.0005.0000.0000.0000.0000.I.0004.0000.0000.0000.0000.R.1171.0057.0000.0000.0000
Id: 
X-R.1171.57