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R.1250

Son obligaciones de los permisarios:
a) Mantener en perfecto estado de higiene los lugares de estacionamiento y el recipiente (en caso de tenerlo) y/o del vehículo en su caso.
b) Preservar del polvo y de los insectos las mercaderías.
c) Retirar las instalaciones una vez terminado el horario de labor, estándoles absolutamente prohibido dejar aquéllas en la vía pública durante la noche o cuando no se realice la venta, que deberá darse por terminada indefectiblemente, antes de las 20 horas. Se exceptúan de este límite de horario los días 24 y 31 de diciembre y 5 de enero, en los cuales la venta podrá proseguirse hasta las 24 horas.
d) Abonar puntualmente los tributos correspondientes.
e) Presentar al personal inspectivo, toda vez que el mismo lo solicite, la documentación que los habilite para ejercer el comercio (carné de salud, documentos personales, documentación o factura de la mercadería expuesta para la venta).
f) Constituir domicilio, debiendo comunicar los cambios del mismo, a la División Promoción Económica dentro de las 48 horas siguientes de producido.
g) Atender la locación por lapso superior a los 15 días mensuales.
El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que se establecen por el presente artículo dará mérito a decretar la caducidad del permiso, sin perjuicio de las demás sanciones a que se puedan hacer acreedores los vendedores infractores.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
1250
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. XVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Libro XVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Parte RVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título IIIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. II, Art. 1250
Fuentes
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Art. 26 de la Reglamentación
Administrativo
Órden: 
A.0010.0000.0000.0000.0000.D.0010.0000.0000.0000.0000.B.0002.0000.0000.0000.0000.E.0003.0000.0000.0000.0000.F.0002.0000.0000.0000.0000.R.1250.0000.0000.0000.0000
Id: 
X-R.1250