Las transgresiones a lo dispuesto en las presentes condiciones darán lugar a la aplicación de multas en la forma regulada en el régimen punitivo departamental, pudiendo llegarse a la caducidad del permiso acordado por la reincidencia o la gravedad de la falta.
Notas:
Las infracciones serán sancionadas conforme a lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 5.º (Instalaciones Mecánicas y Eléctricas), Sección IV del Régimen Punitivo Departamental (Decreto N.º 21.626).
