Back to top

R.970

Cumplidos lo extremos anteriormente señalados, se elevará a la Intendencia, los resultados de la licitación efectuada a fin de realizarse la adjudicación correspondiente y las obras se comenzarán y ejecutarán en su totalidad de acuerdo a los planos propuestos.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
970
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. VIIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Parte RVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título IVVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. IIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Secc. IV, Art. 970
Fuentes
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0007.0000.0000.0000.0000.B.0002.0000.0000.0000.0000.E.0004.0000.0000.0000.0000.F.0002.0000.0000.0000.0000.G.0004.0000.0000.0000.0000.R.0970.0000.0000.0000.0000
Id: 
VII-R.970