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D.2236.3

Los señalamientos se mantendrán aún cuando las zanjas se hayan cubierto, hasta que se haya restablecido la circulación en el pavimento. Si la reposición del pavimento corresponde a la Intendencia de Montevideo, el permisario deberá mantener la señalización hasta que ésta comience los trabajos correspondientes. Cuando la reposición de pavimentos sea efectuada por la Intendencia, a partir del cuarto día de la notificación de adjudicación de dicho trabajo, el balizamiento estará a su cargo.

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
2236.3
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. VIIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Parte LVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título IIIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. III, Art. 2236.3
Fuentes
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
Viene del D.2237.3
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
Viene del D.2237.4
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
Viene del D.2237.4
Administrativo
Órden: 
A.0007.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.E.0003.0000.0000.0000.0000.F.0003.0000.0000.0000.0000.D.2236.0003.0000.0000.0000
Id: 
VII-D.2236.3