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D.2215.2

Cuando los Organismos y Empresas de Servicios Públicos proyecten introducir cambios en su sistema de redes que tengan que ver con nuevas modalidades de infraestructura, equipos, etc. destinados a ocupar el espacio público, deberán en la etapa de anteproyecto poner toda esta información a consideración de la Intendencia la que podrá autorizar o no la propuesta o establecer las condiciones bajo las cuales se permitirá su instalación. El no cumplimiento de esta habilitación invalidará los futuros trámites de solicitud de obra que estén comprendidos.

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
2215.2
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. VII, Parte L, Título III, Cap. I, Art. 2215.2
Fuentes
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0007.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.E.0003.0000.0000.0000.0000.F.0001.0000.0000.0000.0000.D.2215.0002.0000.0000.0000
Id: 
VII-D.2215.2