Back to top

D.2236.2

En los casos de que el contratista o el Ente no cumpliera con las exigencias de señalamiento para cortes de pavimento o roturas imprevisibles, cualquiera fuera su origen, la Intendencia de Montevideo, en ejercicio de sus potestades de policía de mantenimiento de obras civiles, procederá de oficio e inmediatamente a efectuar los señalamientos correspondientes. El costo de los mismos será de cargo del contratista o del Ente responsable.

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
2236.2
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. VIIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Parte LVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título IIIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. III, Art. 2236.2
Fuentes
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
Viene del D.2237.2
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
Viene del D.2237.3
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
Viene del D.2237.3
Administrativo
Órden: 
A.0007.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.E.0003.0000.0000.0000.0000.F.0003.0000.0000.0000.0000.D.2236.0002.0000.0000.0000
Id: 
VII-D.2236.2