Aquellos que se presenten vencido el plazo que se establece en el artículo precedente, deberán cumplir con los exámenes médicos pertinentes y aprobar nuevamente las pruebas teórico-prácticas correspondientes a la categoría respectiva.
Aquellos que se presenten vencido el plazo que se establece en el artículo precedente, deberán cumplir con los exámenes médicos pertinentes y aprobar nuevamente las pruebas teórico-prácticas correspondientes a la categoría respectiva.
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