De los Copermisarios. Una o unas personas podrán ser titular de los permisos para la explotación del servicio, siempre que asuman en forma solidaria las obligaciones para ser titular de los mismos.
De los Copermisarios. Una o unas personas podrán ser titular de los permisos para la explotación del servicio, siempre que asuman en forma solidaria las obligaciones para ser titular de los mismos.
© copyright 2016 | Intendencia de Montevideo | Todos los derechos reservados