Considerase en infracción a la norma establecida en el artículo D. 707 a los usuarios de modelos de cascos protectores que no cumplan con lo establecido en el artículo R. 424.143.
Notas:
Las infracciones serán sancionadas conforme a lo dispuesto en el numeral 51 del literal A) (Vehículos) del artículo 12.º (Transito), Sección XI del Régimen Punitivo Departamental (Decreto N.º 21.626).
