Los triciclos automotores deberán tener cilindrada superior a los cincuenta centímetros cúbicos, y regirán para ellos las condiciones exigidas para las motocicletas.
Los triciclos automotores deberán tener cilindrada superior a los cincuenta centímetros cúbicos, y regirán para ellos las condiciones exigidas para las motocicletas.
© copyright 2016 | Intendencia de Montevideo | Todos los derechos reservados