Back to top

D.847

Los permisos, que serán personales, tendrán carácter precario y revocable, pudiendo ser suspendidos por lapso determinado o cancelados en cualquier momento, por causa justificada, sin derecho a indemnización alguna.

Los titulares podrán interponer, en tiempo y forma, recursos administrativos estatuidos por las normas vigentes.

Para la transferencia de los permisos será precisa la autorización de la Intendencia.

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
847
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. V, Libro V, Parte L, Título II, Cap. I, Secc. V, Art. 847
Fuentes
Fuente: 
art. 4
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0005.0000.0000.0000.0000.D.0005.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.E.0002.0000.0000.0000.0000.F.0001.0000.0000.0000.0000.G.0005.0000.0000.0000.0000.D.0847.0000.0000.0000.0000
Id: 
V-D.847