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R.424.110.15

(Obligaciones del contratante del servicio de volqueta). La persona física o jurídica que haya contratado el servicio de volqueta, se debe hacer cargo de la limpieza del entorno, vereda y vía pública, evitando el dispersado de cualquier tipo de residuos, durante la vigencia del contrato y hasta el momento del retiro de la volqueta.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
424.110.15
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. V, Libro IV, Parte R, Título IX, Cap. II.I, Art. 424.110.15
Fuentes
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0005.0000.0000.0000.0000.D.0004.0000.0000.0000.0000.B.0002.0000.0000.0000.0000.E.0009.0000.0000.0000.0000.F.0002.0001.0000.0000.0000.R.0424.0110.0015.0000.0000
Id: 
V-R.424.110.15