Back to top

R.424.98.10

Cuando se solicite un servicio especial con Motocicletas, las designaciones deberán recaer sobre funcionarios habilitados a su uso, pero respetando los mismos criterios establecidos en cuanto a prelación y nómina. Los funcionarios mencionados podrán participar en los servicios a pie.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
424.98.10
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. V, Libro IV, Parte R, Título V, Cap. II , Art. 424.98.10
Fuentes
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0005.0000.0000.0000.0000.D.0004.0000.0000.0000.0000.B.0002.0000.0000.0000.0000.E.0005.0000.0000.0000.0000.F.0002.0000.0000.0000.0000.R.0424.0098.0010.0000.0000
Id: 
V-R.424.98.10