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R.424.36

Se establecen las siguientes habilitaciones de categorías de licencia de conductor, aparte de la específica:

a) licencia B habilita a conducir los vehículos correspondientes a la licencia A;

b) la licencia C habilita a conducir los vehículos correspondientes a las licencias A y B;

c) la licencia D habilita a conducir los vehículos correspondientes a las licencias A, B y C;

d) la licencia E habilita a conducir los vehículos correspondientes a la licencia A;

e) la licencia F habilita a conducir los vehículos correspondientes a las licencias A, B y C;

f) la licencia G2 habilita a conducir los vehículos correspondientes a la licencia G1;

g) la licencia G3 habilita a conducir los vehículos correspondientes a las licencias G1 y G2;

h) la licencia H sólo habilita a conducir aquellos vehículos para los cuales fue otorgada.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
424.36
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. VVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Libro IVVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Parte RVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título IIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. V, Art. 424.36
Fuentes
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
art. 37
Administrativo
Órden: 
A.0005.0000.0000.0000.0000.D.0004.0000.0000.0000.0000.B.0002.0000.0000.0000.0000.E.0002.0000.0000.0000.0000.F.0005.0000.0000.0000.0000.R.0424.0036.0000.0000.0000
Id: 
V-R.424.36