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R.424.36

Se establecen las siguientes habilitaciones de categorías de licencia de conductor, aparte de la específica:

a) licencia B habilita a conducir los vehículos correspondientes a la licencia A;

b) la licencia C habilita a conducir los vehículos correspondientes a las licencias A y B;

c) la licencia D habilita a conducir los vehículos correspondientes a las licencias A, B y C;

d) la licencia E habilita a conducir los vehículos correspondientes a la licencia A;

e) la licencia F habilita a conducir los vehículos correspondientes a las licencias A, B y C;

f) la licencia G2 habilita a conducir los vehículos correspondientes a la licencia G1;

g) la licencia G3 habilita a conducir los vehículos correspondientes a las licencias G1 y G2;

h) la licencia H sólo habilita a conducir aquellos vehículos para los cuales fue otorgada.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
424.36
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. V, Libro IV, Parte R, Título II, Cap. V, Art. 424.36
Fuentes
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
art. 37
Administrativo
Órden: 
A.0005.0000.0000.0000.0000.D.0004.0000.0000.0000.0000.B.0002.0000.0000.0000.0000.E.0002.0000.0000.0000.0000.F.0005.0000.0000.0000.0000.R.0424.0036.0000.0000.0000
Id: 
V-R.424.36