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R.424.42.8.11

La Intendencia de Montevideo podrá retirar las placas de demostración que haya otorgado en los siguientes casos:

a) cuando se constate que las mismas han sido utilizadas para otro fin que no sea el previsto en los artículos precedentes;

b) cuando los vehículos sean conducidos por personas que no estén registradas en el Registro de Automotoras o que porten permisos de circulación que no los habiliten a conducir vehículos de la categoría objeto de la demostración;

c) En caso de adulteración de placas;

d) En aquellos casos en que la División Tránsito y Transporte lo considere pertinente.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
424.42.8.11
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. V, Libro IV, Parte R, Título III, Cap. IV, Art. 424.42.8.11
Fuentes
Fuente: 
num. 2
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0005.0000.0000.0000.0000.D.0004.0000.0000.0000.0000.B.0002.0000.0000.0000.0000.E.0003.0000.0000.0000.0000.F.0004.0000.0000.0000.0000.R.0424.0042.0008.0011.0000
Id: 
V-R.424.42.8.11