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R.424.83

Para remolques y semirremolques se exigirán las siguientes condiciones complementarias:

Cuando el vehículo remolcado sea de mayor ancho que el vehículo tractor, éste tendrá dos varillas en los extremos del paragolpe delantero o guardabarros cuyos extremos igualen el ancho anterior.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
424.83
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. V, Libro IV, Parte R, Título IV, Cap. V, Secc. III, Art. 424.83
Fuentes
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
art. 84
Administrativo
Órden: 
A.0005.0000.0000.0000.0000.D.0004.0000.0000.0000.0000.B.0002.0000.0000.0000.0000.E.0004.0000.0000.0000.0000.F.0005.0000.0000.0000.0000.G.0003.0000.0000.0000.0000.R.0424.0083.0000.0000.0000
Id: 
V-R.424.83