Créase un Abono o Boleto Institucional que habilita la venta de 50 (cincuenta) a 100 (cien) viajes mensuales por persona en cualquiera de las empresas permisarias a un costo equivalente al 90% del precio del boleto único. Podrán hacer uso de este beneficio los funcionarios de instituciones públicas o privadas en la forma que se reglamente por parte de la Intendencia Municipal de Montevideo.