Trámite para la obtención de la TGS. La tramitación de la prestación se rige por lo estipulado en la presente reglamentación y por lo establecido en el "Manual de ayuda para la atención al usuario/a de la Tarjeta de Gestión Social" elaborado por la Unidad de Atención y Orientación sobre Servicios Sociales, aprobado por resolución Nº 70/25/5500 del Departamento de Desarrollo Social.
La aprobación de la TGS, tanto cuando se solicita por primera vez como para la renovación, queda sujeta a la Revisión Médica correspondiente, a excepción de la TGS prevista en el artículo 9º de la presente reglamentación.