Para obtener el beneficio a que se refiere el artículo anterior, se deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Obtención del certificado médico expedido por el Servicio de la Intendencia que acredite la no videncia.
b) Adquirir el carné que les permitirá viajar gratuitamente en todos los servicios de transporte colectivo de pasajeros.
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