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R.494

Los propietarios de automóviles con taxímetro estarán obligados a presentar los certificados que acrediten estar al día en los pagos de sus obligaciones con la Dirección General de la Seguridad Social, ante el Servicio de Contralor y Registro de Vehículos para efectuar la transferencia de sus vehículos.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
494
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. V, Libro V, Parte R, Título II, Cap. I, Art. 494
Fuentes
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0005.0000.0000.0000.0000.D.0005.0000.0000.0000.0000.B.0002.0000.0000.0000.0000.E.0002.0000.0000.0000.0000.F.0001.0000.0000.0000.0000.R.0494.0000.0000.0000.0000
Id: 
V-R.494