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R.508.6

Obligaciones del permisario:

a) Mantener la continuidad del servicio, el que funcionará las 24 horas.
b) Lucir en estado higiénico y prolijo y vestir con sobriedad y pulcritud, dispensando al usuario en todo momento un trato cortés y correcto.
c) Identificarse en forma, toda vez que le sea requerido por las autoridades .
d) Mantener la parada y su entorno en condiciones, administrando los bienes y recursos de las mismas.
e) Dar cumplimiento a todas las normas fiscales, de previsión social y laborales que regulan la actividad.
f) Fijar domicilio en la ciudad de Montevideo a los efectos del servicio que prestan y comunicar toda modificación del mismo dentro de las 72 (setenta y dos) horas de ocurrida aquella.
g) Concurrir a las dependencias de la Intendencia en las oportunidades que sea citado.
h) Tener buen trato con el público.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
508.6
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. V, Libro V, Parte R, Título II, Cap. I.1, Art. 508.6
Fuentes
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0005.0000.0000.0000.0000.D.0005.0000.0000.0000.0000.B.0002.0000.0000.0000.0000.E.0002.0000.0000.0000.0000.F.0001.0001.0000.0000.0000.R.0508.0006.0000.0000.0000
Id: 
V-R.508.6