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R.508.6

Obligaciones del permisario:

a) Mantener la continuidad del servicio, el que funcionará las 24 horas.
b) Lucir en estado higiénico y prolijo y vestir con sobriedad y pulcritud, dispensando al usuario en todo momento un trato cortés y correcto.
c) Identificarse en forma, toda vez que le sea requerido por las autoridades .
d) Mantener la parada y su entorno en condiciones, administrando los bienes y recursos de las mismas.
e) Dar cumplimiento a todas las normas fiscales, de previsión social y laborales que regulan la actividad.
f) Fijar domicilio en la ciudad de Montevideo a los efectos del servicio que prestan y comunicar toda modificación del mismo dentro de las 72 (setenta y dos) horas de ocurrida aquella.
g) Concurrir a las dependencias de la Intendencia en las oportunidades que sea citado.
h) Tener buen trato con el público.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
508.6
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. VVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Libro VVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Parte RVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título IIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. I.1, Art. 508.6
Fuentes
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0005.0000.0000.0000.0000.D.0005.0000.0000.0000.0000.B.0002.0000.0000.0000.0000.E.0002.0000.0000.0000.0000.F.0001.0001.0000.0000.0000.R.0508.0006.0000.0000.0000
Id: 
V-R.508.6