Los interesados que en el período indicado precedentemente se presentaran reclamando unidades depositadas, deberán acreditar fehacientemente su propiedad, hecho lo cual se les hará entrega de las mismas, previo pago de las multas que pudieran registrar, así como los gastos ocasionados por el transporte, derecho de piso, vigilancia y asimismo lo que correspondiere por las publicaciones realizadas. De todo ello se dejará constancia en el expediente que se hubiere formado con motivo de la reclamación.